Reglamento de Uso de la Plataforma
Público· versión 0.1-borrador· desde 4 de agosto de 2026Actualizado
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Reglamento de Uso de la Plataforma Red Cámara
Versión 0.1 — BORRADOR DE TRABAJO. Este texto permite operar y probar la plataforma mientras el Directorio aprueba la redacción definitiva. No constituye el reglamento vigente de la Asociación.
1. Qué es esta plataforma
Red Cámara es la plataforma de socios de la Cámara de Turismo Región de Coquimbo A.G. Su acceso es cerrado y está reservado a las personas expresamente habilitadas por la Cámara en su padrón.
Cumple dos funciones. En el día a día reúne información de utilidad para la operación turística regional. En emergencias funciona como sistema de reporte territorial, con el que la Cámara consolida el catastro de afectación del sector.
2. Quién puede usarla
El acceso se otorga a personas naturales nominadas por cada socio. Cada persona ingresa con su propio número de teléfono y responde por los actos realizados desde su cuenta.
Las credenciales son personales e intransferibles. Compartir el acceso o el código de verificación con un tercero es una falta a este reglamento.
El cambio de número telefónico no se realiza desde la aplicación. Debe solicitarse por correo electrónico a la dirección oficial de la Cámara, y lo aplica un Editor tras verificar la solicitud.
3. Roles
Los roles los asigna la Cámara y vienen asociados a la cuenta. No se eligen, no se solicitan desde la aplicación y no existe selector de rol.
El socio que no se encuentre al día en sus cuotas conserva el acceso de lectura y pierde la facultad de publicar y de reportar, conforme a los artículos 12° y 25° de los Estatutos.
4. Veracidad de los reportes
Quien publica un reporte de estado declara que la información y las imágenes corresponden a hechos reales, constatados directamente por esa persona, en el lugar y momento indicados.
Esa información podrá ser difundida a autoridades, medios de comunicación y otros socios, y utilizada para la toma de decisiones en materia de seguridad, conectividad y operación turística.
La entrega de información falsa dará lugar a las sanciones establecidas en este Reglamento y en los Estatutos de la Asociación.
5. Evidencia
En situación normal la evidencia fotográfica es recomendada. En estado de catástrofe es obligatoria y debe capturarse en el momento, con la cámara del dispositivo. La aplicación registra la hora y la ubicación de la captura.
Reutilizar imágenes de otros episodios, de terceros o de fecha distinta a la declarada constituye entrega de información falsa.
6. Distinción entre dato oficial y reporte de socio
La plataforma distingue de manera permanente entre la información publicada por fuentes oficiales y los reportes entregados por socios. Todo reporte de socio se muestra con etiqueta visible de "Verificado por la Cámara" o "Sin verificar".
La Cámara no responde por la exactitud de los reportes que no ha verificado.
7. Publicaciones
Los socios pueden proponer noticias gremiales: certificaciones, nuevas rutas, premios e inversiones relevantes. La sección no admite promoción comercial, entendiendo por tal ofertas, descuentos y promociones de temporada.
Ninguna publicación puede versar sobre religión, nacionalidad, sexualidad, género ni política partidista, conforme al Artículo 5° de los Estatutos.
Toda propuesta queda en espera de edición. La facultad de publicar corresponde exclusivamente al Editor y al Editor Suplente.
8. Información de ocupación
Las cifras individuales de ocupación que un socio entrega no se publican ni se muestran a otros socios. Solo se difunde el promedio del conjunto, siempre acompañado del número de socios que reportaron.
El promedio y su muestra son información gremial de circulación reservada. Los socios pueden consultarlos, pero no están autorizados a difundirlos públicamente. Su comunicación a la prensa, a autoridades o a terceros corresponde exclusivamente a la Presidencia de la Cámara o a quien ella designe.
9. Consulta asistida
La consulta disponible en la plataforma entrega únicamente información ya publicada en ella, con su fuente y su hora. No evalúa condiciones de seguridad, no recomienda desplazamientos ni sustituye a los organismos competentes.
Ante una emergencia debe recurrirse a Carabineros (133), Bomberos (132), SAMU (131), Senapred o la Delegación Presidencial Regional.
10. Lo que esta plataforma no es
La aplicación no constituye medio válido de citación a asambleas ni a reuniones. Las citaciones siguen su curso formal por los medios que establecen los Estatutos.
11. Datos personales
La Cámara trata los datos del padrón con la finalidad de operar esta plataforma. No se comparten datos de contacto personal entre socios ni con terceros. La actividad realizada en la plataforma queda registrada para fines de auditoría interna.
12. Sanciones
El incumplimiento de este reglamento puede dar lugar, según su gravedad, a la suspensión del acceso, al retiro de las publicaciones o reportes afectados y a las sanciones que contemplan los Estatutos.
13. Vigencia
Este reglamento rige desde su publicación en la plataforma. Toda modificación genera una versión nueva y requiere una nueva aceptación por parte de cada usuario.
Al aceptar, declaro haber leído este Reglamento de Uso y conocer los Estatutos de la Asociación, ambos disponibles en la sección Documentos de esta plataforma.